A través de la Resolución General Nº 1/2010, la Inspección
General de Justicia (IGJ) implementó un procedimiento de
actualización de datos a través de la presentación obligatoria de
una Declaración Jurada.
La iniciativa permitirá mejorar la
fiscalización de las entidades inscriptas en el organismo, a la vez
que posibilitará confrontar la información con la base de
datos de la Inspección. De esta manera, se busca que las
entidades estén al día con todas sus obligaciones legales y
detectar a las entidades que sólo se constituyen con el objetivo de
burlar la ley o perjudicar a los terceros. La normativa obliga a
realizar la presentación a todas las sociedades
comerciales, sociedades extranjeras, sociedades binacionales,
asociaciones civiles y fundaciones.
Para su implementación, se fijó un cronograma gradual de
presentación, que fue prorrogado a través de sucesivas
resoluciones. Actualmente, se encuentra vigente el plazo de
presentación para las SOCIEDADES COMERCIALES, las que tendrán
tiempo hasta el próximo 30 de noviembre para enviar el aplicativo
Web.
Se deberán consignar los datos de la sede social, autoridades y
declarar el último estado contable presentado ante la IGJ, la
última tasa abonada y el número de Clave Única de Identificación
Tributaria (C.U.I.T.).
Frente al incumplimiento de las entidades se impondrán las
sanciones legales correspondientes.
Importante:
Formulario "K"
Debe generar y abonar este formulario de manera previa a la
presentación de la Declaración Jurada. Se obtiene de la
página Web del organismo. Puede acceder al mismo desde aquí.
Al completar los datos solicitados, debe seleccionar el trámite
"PRESENTACION DECLARACION JURADA RES. GRAL 1/10". En el campo
"documentos adjuntos" del formulario, se deberá referenciar
Declaración Jurada e informe libre de deuda de tasas, en caso de
corresponder.
Una vez realizado el pago correspondiente, se puede presentar la Declaración Jurada, la que deberá ser completada a través del aplicativo correspondiente e impresa en doble faz.
Firma de la Declaración Jurada
La DJ debe ser suscripta por el presidente o representante legal de la entidad. Esta firma debe ser certificada ante escribano público.
SOCIEDADES COMERCIALES
La declaración efectuada por el presidente o representante legal de la entidad deberá realizarse teniendo en cuenta:
ENTIDADES CIVILES Y SOCIEDADES EXTRANJERAS
A través de la Resolución General I.G.J. N° 2/2011, la IGJ dispuso los plazos definitivos de presentación de la DDJJ para asociaciones civiles y fundaciones, el 29 de julio, y para las sociedades extranjeras, el 30 de septiembre.
No obstante las intimaciones y sanciones dispuestas por la IGJ para aquellas que no presentaron el trámite, todas las entidades y sociedades que no cumplieron con la presentación de la DDDJJ deberán regularizar esta situación mediante su presentación. De lo contrario, se verán imposibilitadas de realizar cualquier trámite ante el organismo.
Información solicitada
Entidad: nombre completo de la entidad.
Número correlativo: es el número con el
cual la IGJ identifica a la entidad en cuestión.
Datos del presentante: Se considera presentante al
Presidente o Representante legal (Apellido, Nombre y
carácter).
Sede Social efectiva: deberá declararse la sede
social efectiva detallando (calle, número, depto, piso, ciudad,
código postal, datos registrales (Nº de inscripción, libro, tomo y
fecha) o resolución en caso de entidades civiles. Debiendo
especificar si se encuentran inscriptas o no.
Autoridades: deberán declararse las autoridades
vigentes (apellido, nombre, domicilio especial, Documento de
identidad, cargo, período del cargo), datos registrales (solo para
sociedades comerciales y extranjeras -en soporte papel-) o
Resolución en caso de entidades civiles (numero de resolución y
fecha). Debiendo especificar si se encuentran inscriptas o
no.
Presentación de estados contables: esta exigencia es
para las Asociaciones Civiles y Fundaciones, Sociedades Comerciales
(accionarias y SRL 299 LSC) y Sociedades extranjeras (art. 118
LSC), debiendo declarar el último estado contable presentado, fecha
de presentación, fecha de cierre de su ejercicio y ejercicios
adeudados.
Tasas adeudadas: se deberá indicar la última
tasa abonada en caso de corresponder (sociedades por acciones y las
del art. 299 LSC) acompañando el certificado de libre deuda que se
solicita mediante la presentación de un Formulario "B".
C.U.I.T.: se deberá consignar la clave única de
identificación tributaria.
Artículo 299 LSC: las sociedades deberán denunciar si
se encuentran comprendidas en alguno de los supuestos del art. 299
LSC.
Aclaraciones
En el caso que la sociedad no tenga inscriptas las
autoridades actuales o adeude estados contables, podrá presentar la
DDJJ detallando la situación. Ello no la exime de
regularizar su situación frente al organismo.
Si adeuda tasas, se podrá realizar la presentación detallando
las tasas que adeuda. No obstante, hasta que no regularice su
situación, la presentación de DDJJ no quedará
aprobada.
Opción número de legajo: es el nro. de trámite asignado a la
presentación de asambleas y balances. Éste número es escrito a
mano, por el agente de mesa de entradas, en el duplicado del
formulario cuando se presenta el balance.
Opción datos registrales: deberán consignarse los datos que figuran
en la plancha de inscripción, a saber, Nº de libro, tomo, Nº de
registro y fecha de registro.
Formas de pago y horarios de atención
Público General:
Mesa de entradas IGJ. Paseo Colón 285 PB.
Únicamente en horario de 8:00 a 9:00 hs y de 14:30 a 17:30 hs.
Solo para Escribanos:
Mesa de entradas IGJ en Colegio Público de Escribanos, Las Heras
1833 EP. Únicamente en horario 9.30 a 14.00 hs.
Solo para matriculados en Consejo Profesional de Ciencias
Económicas:
Mesa de entradas IGJ en C.P.C.E., Viamonte 1549 PB. Únicamente en
horario 9.30 a 14.00 hs.
Para evitar demoras en la presentación, Ud. puede:
Abonar el formulario K a través de la Red Banelco tanto por cajeros
automáticos como por la página web http://www.pagomiscuentas.com/. Si efectúa el
pago por cajero debe seleccionar el rubro "Clubes y Asociaciones" y
luego "Ente Cooperación IGJ". Si lo hace a través de Internet puede
escribir "IGJ" en el buscador y la entidad aparecerá
automáticamente. El código Banelco que debe consignar aparece en la
parte superior del Formulario.
Por e-mail a drnsdj@jus.gov.ar.
Telefónicamente al 4343-0211 / 1990.
Acceda al aplicativo para completar la Declaración Jurada de sociedades comerciales desde aquí.
Acceda a la plantilla para completar la Declaración Jurada de entidades civiles y sociedades extranjeras desde aquí.
Consecuencias ante la falta de
presentación
El envío del aplicativo vía Web no exceptúa a las sociedades
comerciales de la obligación de presentar la Declaración Jurada en
formato impreso con los recaudos establecidos en la Resolución
General IGJ Nº 1/2010, acompañando el formulario correspondiente
ante la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA. En caso de no cumplir con
la presentación de la DJ se sancionará a la entidad y/o sus
autoridades. Será requisito excluyente la presentación de la misma
para las posteriores tramitaciones ante en la Inspección General de
Justicia.
Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos
(+5411) 5300-4000 | Sarmiento 329 | C 1041 AAG | Ciudad Autónoma de Buenos Aires | Argentina