Fecha de vencimiento: 30-sep-2010
de acuerdo a Res. MinJus Nº 2104/10
INFORMAMOS
Que no será necesario acreditar el pago de la Tasa Anual con vencimiento 30 de septiembre de 2010 a los fines de la presentación de Declaración Jurada


A partir de la fecha los particulares contarán con la posibilidad de descargar instructivos para realizar diversas presentaciones.
Presentación Previa y Posterior de Asociaciones
Civiles y Fundaciones Emision, Pago y Reintegro de Tasas
Examen y Pedido de Copias de Estados Contables
Presentación de Asambles y Estados Contables de Sociedades Comerciales y de Sociedades Extranjeras
